Paquete de iniciativas de Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres, que serán enviadas al Senado de la República, para garantizar la igualdad sustantiva; la perspectiva de género y el derecho a una vida libre de violencia.
Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres
Claudia Sheinbaum Pardo, presentó las Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres, lo que implica la modificación a seis artículos de la Constitución Política: 4°; 21; 41; 73; 116 y 123, además de siete leyes secundarias, para hacer realidad la igualdad sustantiva; la perspectiva de género y el derecho a una vida libre de violencia.
Artículos de las Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres
En el artículo 4° se incorporará el derecho a la igualdad sustantiva, que tiene que ver no solamente la igualdad de las mujeres y hombres frente a la ley, sino que además todas las leyes y todas las disposiciones en nuestro país tienen que considerar las particularidades de las mujeres y sus derechos humanos, a eso se refiere la igualdad’.
En el artículo 21 y 116 constitucional se dispondrá que las instituciones de seguridad y procuración de justicia de los estados ajustarán sus actuaciones a la perspectiva de género.
Para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, se modificarán los artículos 4°, 21, 73 fracción XXI y el 116 para implementar acciones focalizadas a la atención de las necesidades particulares de las mujeres en situaciones relacionadas con agravios por razón de género.
La secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández, presentó el grupo de mujeres especialistas que se encargará de la redacción de la Cartilla de los Derechos de las Mujeres, que se distribuirá en todo el país a partir de 2025.
¿Quiénes son las mujeres especialistas del Consejo Redactor?
- Angela Guerrero Alcántara, especialista en la construcción de políticas públicas
- Friné Salguero, activista con experiencia en políticas y programas de perspectiva de género
- Frida Hyadi Díaz González, Mujer artesana de origen Ñañú del Valle del Mezquital
- Karla Micheel Salas Ramírez, abogada feminista y defensora de los Derechos Humanos
Ariadna Montiel, secretaria del Bienestar, expuso lineamientos de implementación de la Pensión para el Bienestar de las Mujeres Adultas Mayores, cuyo registro será del 7 de octubre al 30 de noviembre en los módulos que pueden ser ubicados en la página: Bienestar.
¿Qué es la Igualdad Sustantiva?
La igualdad sustantiva es un concepto que va más allá de la igualdad formal (donde todas las personas son tratadas de la misma manera). La igualdad sustantiva reconoce que no todas las personas parten de las mismas condiciones, por lo que para lograr una verdadera igualdad es necesario considerar las desigualdades estructurales y las barreras que afectan a ciertos grupos.
Este enfoque busca no solo garantizar que existan las mismas oportunidades en teoría, sino también que se implementen medidas concretas (como políticas públicas, acciones afirmativas o programas sociales) para corregir las desigualdades reales que enfrentan ciertos sectores de la sociedad. Es una forma de promover la equidad, asegurando que todas las personas puedan ejercer sus derechos de manera efectiva, teniendo en cuenta sus circunstancias particulares.
Las Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres buscan brindar apoyo adicional a mujeres o minorías en ámbitos donde históricamente han estado en desventaja.
¿Qué es la Perspectiva de Género?
La perspectiva de género es un enfoque que busca analizar y comprender las diferencias sociales, culturales, económicas y políticas entre hombres y mujeres, con el objetivo de reducir las desigualdades basadas en el género. Este enfoque reconoce que las relaciones entre los géneros no son neutrales y que existen desigualdades históricas y estructurales que afectan de manera desproporcionada a las mujeres y a otras identidades de género.
Incorporar la perspectiva de género implica:
- Visibilizar desigualdades: Identificar cómo las normas de género, los roles tradicionales y los estereotipos afectan las oportunidades, derechos y responsabilidades de las personas.
- Cuestionar estructuras de poder: Reconocer que la distribución del poder entre los géneros no es equitativa y que esto se refleja en todos los ámbitos de la vida, desde la familia hasta las instituciones políticas y económicas.
- Promover la equidad de género: Buscar la igualdad de derechos y oportunidades entre todas las personas, independientemente de su género, mediante políticas públicas, educación y cambios culturales que favorezcan el respeto y la equidad.
Aplicar la perspectiva de género es fundamental en el diseño de políticas públicas, programas sociales y proyectos, las Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres pretenden ayudar a garantizar que se tomen en cuenta las necesidades y circunstancias específicas de hombres, mujeres y personas no binarias, evitando perpetuar desigualdades y estereotipos.
¿Qué es el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia?
El acceso de las mujeres a una vida libre de violencia es un derecho fundamental que garantiza que todas las mujeres, sin importar su edad, etnia, condición económica o social, puedan vivir sin ser víctimas de ningún tipo de violencia. Este concepto implica la protección y la promoción de los derechos de las mujeres, asegurando su seguridad, dignidad y bienestar.
Este derecho reconoce que la violencia contra las mujeres es una manifestación de las relaciones desiguales de poder entre los géneros y que se expresa de diferentes maneras, como:
- Violencia física: Golpes, agresiones o cualquier acto que cause daño corporal.
- Violencia psicológica o emocional: Insultos, humillaciones, amenazas o manipulación que afecten el bienestar mental y emocional de las mujeres.
- Violencia sexual: Cualquier acto de carácter sexual no consentido, como abuso, violación o acoso.
- Violencia económica o patrimonial: Control sobre los recursos económicos, prohibir el acceso al dinero o el trabajo, o dañar los bienes personales de una mujer.
- Violencia simbólica o cultural: Estereotipos o prácticas que refuercen la subordinación de las mujeres.
Con las Reformas Constitucionales para los Derechos de las Mujeres, el objetivo es no solo erradicar todas las formas de violencia, sino también crear una cultura de respeto, equidad y justicia que permita a las mujeres vivir plenamente y ejercer sus derechos sin temor a la violencia.





